La votación será el 24 de noviembre con solo dos candidatos
Este lunes 11 de noviembre se dio inicio al periodo de campaña para la segunda vuelta de candidatos al cargo de jefatura del Gobierno Regional del Maule, cuya votación será el domingo 24 de noviembre próximo.
¿Cómo será?
La principal novedad es que esta segunda vuelta será únicamente entre dos candidatos y, además, que la votación será un solo día, además, con los mismos vocales del proceso llevado a cabo el pasado 26 y 27 de octubre.
¿Qué otta novedad?
La campaña electoral implicará publicidad en medios de comunicación y letreros en lugares de uso público o particulares, hasta 72 horas antes del día de la votación.
¿Cuál es la labor del cargo en disputa?
El Gobierno Regional es el órgano ejecutivo del Gobierno Regional. Preside el Consejo Regional. Le corresponde también la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependen o se relacionan con el Gobierno Regional.
Además, debe asignar los recursos del o de los programas de inversión del Gobierno Regional, de los programas de inversión sectorial de asignación regional y aquellos que correspondan en virtud de transferencias de competencias que haga el Presidente de la República.
¿Cuáles son, las funciones del Gobernador Regional?
- Formular políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y planes comunales respectivos.
- Someter al Consejo Regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones.
- Someter al Consejo Regional el proyecto de presupuesto del respectivo gobierno regional.
- Representar judicial y extrajudicialmente al Gobierno Regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo.
- Nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como de su confianza.
- Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa.
- Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional respectivo.
- Promulgar, previo acuerdo del Consejo Regional, el plan regional de ordenamiento territorial, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, comunales y seccionales y los planos de detalle de planes reguladores intercomunales.
- Presidir el Consejo Regional.