Después de conocer el proyecto, debo decir que está muy mal redactado, como primero y cosa básica, fija criterios bastante contradictorios con respecto a lo que ha sido toda la última legislación sobre seguridad pública, que son múltiples los proyectos.

Plantea formas alternativas del cumplimiento de las penas privativas de libertad, sin distinción de ningún orden. Si son delitos de orden de abuso sexual, de contra niños, si son del crimen organizado. Y desde luego no hace mención a los delitos de lesa humanidad, que son delitos gravísimos en materia de derechos humanos. Y que, en su cumplimiento, los tribunales están también legalmente obligados por los tratados internacionales y por las resoluciones de las Cortes Internacionales en materia de derechos humanos.
Entonces, este proyecto tiene demasiadas falencias, desde que habla de penas penales, como si el Código Penal no se llamase precisamente Código Penal en relación a las sanciones que merecen los crímenes, delitos y faltas. Este proyecto, que fue aprobado en primer trámite constitucional en el Senado, tiene que ser revisado porque tiene demasiada falencia y nos pone a Chile en situación eventual de vulnerar la legislación internacional en materia de derechos humanos”


